Nuestro compañero Luis Ruiz-Rivas, socio del departamento de Procesal y TMT de DIKEI Abogados, colabora en un reportaje publicado por Cinco Días en el que se analiza el ámbito de protección del derecho de la intimidad de los ‘influencers’.
Luis afirma que existen diferencias en cuanto a la privacidad de los personajes públicos y la de aquellos ‘influencers’ que promocionan productos a través de sus redes sociales, pues la protección de la intimidad de estos últimos es “mayor” que en el caso de personas que “habitualmente ofrecen exclusivas” sobre su vida privada.
“La popularidad, en general, en la medida en que conlleva una mayor exposición pública, implica una menor protección”, si bien hay una “esfera básica” de intimidad que, en principio, se considera salvaguardada, añade Luis.
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