Conciertos recientes en España han provocado protestas por el ruido generado, superando los límites permitidos por la Ley 37/2003 y regulaciones locales como la Ordenanza de Madrid. Aunque las sanciones pueden llegar a 300.000 euros, rara vez se imponen en su máxima cuantía, y los ingresos de grandes eventos pueden llegar a superarlas, reduciendo su efecto disuasorio.
Además, los vecinos afectados pueden reclamar indemnizaciones a los ayuntamientos por no prevenir estas infracciones. El Tribunal Supremo y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han reconocido el derecho a la intimidad domiciliaria, estableciendo que ruidos intolerables pueden menoscabar este derecho.
Para más información, lee el artículo completo nuestro compañero Tomás Cobo Peralta, abogado del área de Derecho Público y Regulatorio de Dikei Abogados, publicado el diario Cinco Días: noticia.