Fecha: 28 de febrero de 2025
Las redes sociales han transformado la forma en que se difunde la información, otorgando a los influencers una gran visibilidad y relevancia pública. Sin embargo, esta exposición también conlleva desafíos jurídicos, especialmente en lo que respecta a su derecho al honor.
Javier Moreno, socio del área de Litigación y Arbitraje y TMT de DIKEI Abogados, analiza en Confilegal cómo la notoriedad de estas figuras públicas implica un mayor umbral de tolerancia a la crítica. No obstante, cuando los comentarios derivan en insultos, descalificaciones personales o difusión de información falsa, pueden constituir una intromisión ilegítima en su honor.
Para la protección del derecho al honor en el ámbito digital existen dos vías legales principales. Por un lado, la vía penal, aplicable en casos en los que las expresiones constituyan un delito de injurias o calumnias, sancionadas por el Código Penal. Por otro, la vía civil, la más habitual, que permite reclamar una reparación del daño causado por una intromisión ilegítima en el honor.
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Autor: Javier Moreno Nuñez.
Socio en DIKEI Abogados.
Área de Litigación y Arbitraje y TMT.