Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo sobre el ‘derecho al olvido digital’

derecho digital

DIKEI ABOGADOS ha intervenido en defensa de la sociedad editora de un conocido diario de información general, en el recurso de casación parcialmente estimado por Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 15 de octubre de 2015.

La resolución reconoce el llamado ‘derecho al olvido digital’, restringiendo el tratamiento de datos personales vinculados a los buscadores de Internet, si bien matiza que su ejercicio no ampara que cada uno construya un pasado acorde a sus intereses, impidiendo la difusión de informaciones sobre hechos que no considere positivos, ni tampoco justifica que aquellos que se exponen a sí mismos públicamente puedan exigir un currículo a su medida.

La Sala también da la razón a la parte recurrente al rechazar la procedencia de eliminar los nombres y apellidos de la información recogida en la hemeroteca digital, o que los datos personales contenidos en la información no puedan ser indexados por el motor de búsqueda interno del medio, pues considera que estas medidas supondrían una restricción excesiva de la libertad de información.

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