El pasado 18 de mayo la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó su guía “La protección de datos en las relaciones laborales” elaborada con la participación tanto del Ministerio del Trabajo y Economía Social como de la patronal y organizaciones sindicales.
¿Cuál es la finalidad de la guía de protección de datos en relaciones laborales?
Durante la vigencia de la regulación anterior, la AEPD ya publicó una “Guía sobre protección de datos en las relaciones laborales”, pero el nuevo marco normativo configurado por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), ha introducido numerosos cambios en la regulación que exigían una adaptación de aquella guía a la nueva realidad legislativa teniendo muy presente además el nuevo conjunto de “derechos digitales” reconocidos por la LOPDGDD.
El propósito de la nueva guía no consiste, exclusivamente, en resumir o estructurar el contenido de esas normas, sino además pretende proporcionar una orientación y ayuda de carácter práctico, no vinculante, que facilite a las organizaciones públicas, personas y empresas privadas (responsables o encargadas del tratamiento de datos) el cumplimiento del nuevo marco normativo.
¿En qué puede ayudar esta guía a las empresas y los trabajadores?
La extensa guía aborda temas que se plantean cada vez con mayor frecuencia tanto a las empresas como a los trabajadores. Así, se abordan cuestiones como las cautelas a aplicar durante el proceso de selección de candidatos, la eventual consulta por parte del empleador de las RRSS de los trabajadores, la implantación de los sistemas internos de denuncias, el derecho a la desconexión digital de los empleados y la articulación de derechos de conciliación de la vida laboral, personal y familiar, qué requisitos debe cumplir el registro de la jornada laboral, la protección de los datos de las víctimas de acoso en el trabajo o violencia de género, los tratamiento de datos en los procesos de selección de personal, la vigilancia de la salud (reconocimientos médicos, test psicotécnicos o psicológicos), el uso de la tecnología wearable como elemento de control o el tratamiento de datos por parte de los representantes de los trabajadores, entre otros.
La guía puede consultarse en la web de la AEPD en su apartado de guías o en ‘Protección de datos y relaciones laborales’
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