En las aplicaciones de citas donde se comparte una cantidad ingente de datos personales, surgen cuestiones importantes sobre los límites de la privacidad de los usuarios.
La sextorsión, el reenvío de imágenes íntimas sin consentimiento o la revelación de secretos personales son algunos de los problemas cada vez más frecuentes en estos entornos. Javier Moreno, socio del área TMT y de Derecho Penal, ha participado en un artículo de El País sobre los desafíos legales de la privacidad en estas plataformas, los ilícitos penales y las sanciones aparejadas.
¿Qué ocurre si difunden el perfil de la app de citas de un usuario con su entorno más cercano? Javier explica que existen dos enfoques: uno que defiende el carácter público de los perfiles en estas apps, y otro, más proteccionista, que sostiene que la privacidad debería estar limitada al público al que el usuario elige mostrarse (la plataforma en cuestión). En su análisis, comenta la posible aplicación del artículo 197.2 del Código Penal para estos casos, que protege contra el acceso y uso de datos sin autorización, pero señala que, si el acceso fue logrado simplemente por ser usuario de la app, podría considerarse más bien una intromisión perseguible por la vía civil.
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