Carmen Gutiérrez, abogada del área de Derecho Laboral de DIKEI, examina en Noticias Jurídicas la última sentencia del TJUE en materia de concesión de complemento de la maternidad en la pensión, reclamada por un padre.
Un padre de dos hijos había solicitado en el año 2020 a la Seguridad Social española el reconocimiento de su derecho al complemento de la prestación de incapacidad permanente absoluta que venía percibiendo desde 2018. Al haber sido denegado esta solicitud, el padre optó por recurrirlo por vía judicial.
La importancia de esta sentencia del alto tribunal europeo radica en la apreciación de la “doble discriminación” sufrida por los “afiliados del sexo masculino que han visto desestimada su solicitud”, explica Carmen. Primero por la denegación “del complemento que le corresponde”, y por el otro, “por tener que acudir a la jurisdicción para hacer valer su derecho”.
Así, nuestra compañera matiza que la compensación debida al padre debe incluir “las costas y los honorarios de abogados, lo que supone un nuevo escenario toda vez que en el orden social rige el principio de gratuidad con escasas excepciones”.
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